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¿TENEMOS DERECHO A LA DESCONEXIÓN LABORAL?

Desde las últimas décadas, las tecnologías de la información han evolucionado rápidamente, generando grandes cambios en la forma de comunicarnos, facilitando la interacción en cualquier momento y lugar. Esto ha provocado innumerables beneficios para los individuos y las empresas, acercando a las personas y permitiendo el rápido acceso a información ubicada en cualquier lugar del planeta, no obstante, también ha contribuido a que las obligaciones laborales permeen el descanso y la vida familiar y personal, situación que en algunos casos afecta el límite que debe existir entre la vida laboral y la privada.

A causa de lo anterior, y como una reacción a los efectos negativos de las tecnologías de la información en las relaciones laborales, han habido diversos pronunciamientos jurisprudenciales que destacan la importancia de que el trabajador se recupere del desgaste que genera la prestación del servicio y equilibre su vida privada y laboral para concretar y avanzar en su proyecto vital, como, en la sentencia C-103 de 2021, que se refiere al derecho a la desconexión laboral, recordando los artículos de la ley colombiana y las normas contenidas en varios instrumentos del Derecho Internacional de Derechos Humanos, que se posicionan a favor del derecho al descanso y le otorgan gran importancia en el contexto del derecho del trabajo.

Por lo tanto, desde la jurisprudencia y desde diversos instrumentos del derecho internacional, se refieren al derecho a descansar y disfrutar el tiempo en el ámbito privado sin interrupciones, desde el derecho laboral como el derecho a la desconexión laboral, sin embargo; no era un derecho reconocido clara y literalmente en la normativa laboral Colombiana, hasta el 6 de enero del año 2022, cuando el Congreso de la República, expidió la ley 2191, por medio de la que se regula la desconexión laboral – Ley de Desconexión Laboral, la cual tiene por objeto “crear, regular y promover la desconexión laboral de los trabajadores en las relaciones laborales dentro de las diferentes modalidades de contratación… con el fin de garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, licencias, permisos y/o vacaciones para conciliar la vida personal, familiar y laboral” 1 .

Dicha ley, pretende materializar el derecho a la desconexión laboral, otorgándole en primer lugar un significado legal, definiéndolo como “el derecho que tienen todos los trabajadores y servidores públicos, a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnológica o no, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral, en horarios por fuera de la jornada ordinaria o jornada máxima legal de trabajo, o convenida, ni en sus vacaciones o descansos” 2 .

1 Articulo primero de la ley 2191 del 2022
2 Articulo tercero de la ley 2191 del 2022

Así mismo, y con el fin de proteger este derecho, dicha ley establece algunas garantías y obligaciones como las siguientes:

  • Reconoce la garantía a la desconexión laboral una vez finalizada la jornada laboral y durante el tiempo de descanso, licencias, permisos y vacaciones.
  • Establece que será ineficaz cualquier cláusula o acuerdo que vaya en contra del objeto de la ley.
  • Establece que la inobservancia del derecho a la desconexión laboral podrá constituir una conducta de acoso laboral, en los términos y de conformidad con lo establecido en la Ley 1010 de 2006.
  • Obliga a los Empleadores a contar con una política de desconexión laboral de reglamentación interna que defina la forma en que se garantiza el derecho, el procedimiento para presentar quejas y verificar que sean tramitadas, solucionadas y que se haga el cumplimiento de lo acordado.

Con estas herramientas, se da al trabajador la oportunidad, de exigir y presentar quejas por la violación a su derecho a la desconexión laboral, acudiendo incluso al inspector del trabajo para que investigue una situación en particular, sin embargo; la ley en mención también establece como excepciones los cargos de dirección, confianza y manejo, aquellas actividades u oficios que requieren y deben tener disponibilidad permanente como la fuerza pública y los organismos de socorro y cuando se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable.

En definitiva, desde la vigencia de esta ley, se esclarece cuál será el contenido del derecho a la desconexión laboral y se brindan unas herramientas, obligaciones y derechos para garantizar el cumplimiento de este derecho, lo cual esperamos que estimule el respeto a la vida privada por parte de todos los empleadores y mejore la calidad de vida de los trabajadores.

En López & James estamos más que dispuestos a dar soporte en este tema, pues también contamos con profesionales especializados en el área de Derecho Laboral, Derecho Civil, Derecho Corporativo y otras áreas del derecho. De igual manera, nuestro equipo de consultores financieros, administrativos y de comercio exterior está dispuesto a ofrecerle asesoría en cualquier inquietud respecto a
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Sobre el autor:
Guillermo Sánchez es Abogado de la Universidad Nacional de Colombia, Especializado en Derecho de la Empresa de la Universidad del Rosario, hace parte del equipo legal de López & James Colombia. Cuenta con amplia experiencia en Derecho Marcario y Habeas Data. Se especializa en las áreas de Derecho Societario y Derecho de Familia.

Bogotá D.C. Agosto 4 de 2022.